CIUDAD DE MÉXICO – Con el objetivo de fomentar la cultura de cumplimiento y evitar contratiempos financieros, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un recordatorio preventivo para todas las empresas constituidas en el país. Las personas morales deben prepararse para presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal anterior en el periodo oficial que comprende del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
De acuerdo con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación, este trámite es obligatorio para todas las figuras jurídicas que operan en México. La presentación de la declaración permite al fisco conocer los ingresos, deducciones y utilidades generadas durante el año, sirviendo como base para el cálculo y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). El organismo fiscalizador subrayó que no cumplir con esta obligación dentro del tiempo establecido faculta a la autoridad para imponer multas significativas que varían según la gravedad de la omisión y el historial del contribuyente.
Para llevar a cabo este proceso de manera exitosa, es fundamental que las empresas cuenten con su firma electrónica (e.firma) vigente y sus estados financieros actualizados. El portal del SAT requiere información detallada sobre la situación contable de la entidad, por lo que la organización previa de la documentación es clave para evitar errores en la captura de datos que podrían derivar en requerimientos adicionales por parte de la autoridad.
Además de las sanciones económicas directas, el incumplimiento de la Declaración Anual puede acarrear otras consecuencias administrativas de alto impacto. Una de las más temidas por el sector empresarial es la restricción temporal de los Certificados de Sello Digital (CSD). Sin estos sellos, las empresas quedan imposibilitadas para emitir facturas electrónicas, lo que prácticamente paraliza sus operaciones comerciales y flujo de efectivo hasta que la situación sea regularizada ante el SAT.
Expertos en materia tributaria recomiendan a los contribuyentes no esperar hasta la última semana de marzo para realizar el envío de su declaración. Históricamente, la saturación de los sistemas digitales del SAT en los días finales del plazo puede generar intermitencias, lo que dificulta el cumplimiento oportuno. Es imperativo que los representantes legales y contadores verifiquen que la información precargada en el sistema coincida con sus propios registros internos y con los CFDI emitidos durante el año para asegurar una declaración impecable.


