En una resolución que sienta un precedente relevante en materia de derechos laborales y protección a la discapacidad, un tribunal del Reino Unido falló a favor de Ricky Taylor, un exgerente de supermercado que fue injustamente penalizado por su estado de salud. Taylor recibió una indemnización total de 32,000 libras esterlinas (aproximadamente 720,000 pesos mexicanos) luego de que su empleador decidiera no ratificar su contrato tras un periodo de prueba.

El demandante padece una forma agresiva de artritis espinal, una enfermedad crónica que afecta la columna vertebral, limitando severamente su capacidad para caminar y generándole episodios de fatiga extrema. Según el expediente del caso, el conflicto surgió cuando la gerencia de la sucursal comenzó a exigirle que laborara horas adicionales a su jornada establecida. Ante la negativa de Taylor, fundamentada en sus limitaciones físicas y el agotamiento derivado de su padecimiento, la empresa decidió dar por terminada la relación laboral alegando que no había superado con éxito su periodo de prueba.

Durante el proceso legal, se reveló que la cadena de supermercados no realizó los “ajustes razonables” obligatorios para facilitar el desempeño de un empleado con discapacidad. El juez a cargo del caso señaló que la empresa ignoró deliberadamente la condición médica de Taylor, priorizando una cultura de trabajo que exige disponibilidad total, incluso por encima de las capacidades biológicas de personas con enfermedades crónicas.

Para los lectores en México, este caso resuena de manera directa con las protecciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. En el contexto mexicano, el despido de un trabajador debido a una condición de salud o la negativa de una empresa a realizar ajustes estructurales o de horario para un empleado con discapacidad constituye un acto de discriminación que puede derivar en reinstalaciones o indemnizaciones similares.

Taylor expresó tras el fallo que su intención nunca fue evitar el trabajo, sino que simplemente necesitaba que se respetaran los límites que su enfermedad le impone. Por su parte, el tribunal enfatizó que los periodos de prueba no son un cheque en blanco para que los empleadores ignoren los derechos humanos y laborales de su personal. La cifra otorgada busca compensar no solo la pérdida de ingresos, sino también el impacto emocional y el daño moral sufrido por el demandante al ser discriminado por una condición que escapa a su control.